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¿Qué hago si alguien comercializa un diseño muy similar al mío?

Consulta

«Me dedico al diseño y hace 3 años registré una obra con vosotros de manera gratuita con licencia «Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0″. El caso es que ayer mismo vi en un comercio una pieza muy parecida (aunque no exactamente igual) y me gustaría saber si se vulneran mis derechos. Ayer mismo en cuanto vi esta réplica de mi diseño procedí a realizar un copyright de la pieza, que ya estaba registrada con «Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0», pero este copyright está realizado a día de hoy. La licencia «Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0″ tiene ya 3 años. ¿Se están vulnerando mis derechos como creadora de la obra a pesar de que la copia no sea exactamente igual? La copia se está comercializando.»

Respuesta

Conviene dejar claro en primer lugar que la “protección legal” del derecho de autor sobre una obra artística no requiere de registro previo ni de cumplimiento de formalidad de ninguna especie, en estricto sentido legal dicha “protección legal” del derecho de autor (generalmente conocido como propiedad intelectual) nace inmediatamente desde el momento en que el autor de la obra original fija su creación sobre un soporte material de cualquier tipo.

Básicamente, la importancia de registrar tales obras intelectuales radica en la seguridad y conveniencia para el autor de obtener una prueba documental que acredite su creación sobre la obra original de referencia en determinada fecha. De esa manera, registrando la obra previamente, es mucho más sencillo y mucho más seguro (jurídicamente) explotar la obra y defender los derechos de autor sobre la misma en caso de controversia.

Por otra parte, usted indica en su consulta que previamente (“hace tres años” según usted menciona) había registrado la obra de diseño de su interés, bajo una licencia “Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0”; traducido al castellano, una licencia de uso no comercial bajo la condición de darle crédito al autor-titular de la obra y sin permiso de publicar obras derivadas de la misma (adaptaciones o transformaciones).

Consecuentemente, usted ya cuenta desde la fecha de dicha inscripción, con una evidencia documental sobre la creación de dicha obra desde ese tiempo muy anterior al momento presente. En ausencia de un acuerdo escrito con un tercero que mencione una licencia, usted puede alterar libremente tal licencia “Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0” a lo que usted denomina “copyright”; se entiende que usted ha pasado a publicar la obra con plena reserva de los derechos de autor sobre la misma (la leyenda en ese tipo de publicación suele indicar “derechos reservados © nombre del titular de los derechos de autor, año de la publicación”).

Usted indica en su consulta que un diseño no idéntico, pero muy similar a un diseño original de su autoría, está siendo comercializando por un tercero sin su autorización expresa; con tales premisas realizamos a continuación tres breves apuntes:

  1. La licencia que usted dice haber inscrito hace tres años era de tipo “no comercial”, lo cual excluye la comercialización de la obra en todo caso.
  2. Conviene precisar que la propiedad intelectual sobre obras artísticas y literarias tiene una regulación legal distinta a la propiedad industrial sobre dibujos y modelos industriales, ambos tipos de protección son acumulables pero diferentes en su tratamiento jurídico. Presuponemos que usted plantea una cuestión de propiedad intelectual.
  3. No podemos entrar a valorar si la propiedad intelectual sobre su diseño está siendo o no violada por varias razones: el concepto de un “diseño” es muy genérico y puede llegar a incluir a diseños bastante complejos y también a diseños bastante sencillos, este último tipo de diseños muy, muy sencillos podrían usar o transformar los diseños muy, muy sencillos de otros titulares, o podrían usar diseños del dominio público que sean de libre uso. El uso de un diseño “semejante” no resulta por fuerza violatorio de la propiedad intelectual, es preciso revisar con gran detalle caso por caso, no se trata de una revisión que se pueda hacer genéricamente y “a ciegas” en este tipo de consultas de los usuarios de la plataforma, sino bajo el dictamen particular de un despacho de abogados especializado.

En asuntos así, presuponiendo que a usted le quepa con plena certeza la autoría de un diseño de su entera creación original, lo razonable es tratar de contactar al comercio que comercializa un diseño semejante -de la manera más cortés, serena y amigable-, evitando trasladar amenazas o hacer juicios temerarios, a fin de intentar conciliar y aclarar pacíficamente, en la medida de lo posible, el conflicto de interés sobre tal diseño.

Benjamín V. Muñoz Mateu
Benjamín V. Muñoz Mateu
Experto en Propiedad Intelectual e Industrial. Licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia y la Secretaría de Educación Pública de México, Máster universitario en Propiedad Intelectual por la Universidad de Alicante.

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