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¿Qué se puede inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual?

La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) define la propiedad intelectual como un acervo intangible de la creación humana, donde caben desde obras literarias y artísticas hasta invenciones, programas informáticos, símbolos o nombres e imágenes utilizados comercialmente. 

En su artículo primero, la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) explica que esta le «corresponde al autor por el solo hecho de su creación», sin necesidad de formalizar un registro. Una propiedad inherente que, no obstante, puede llegar a necesitar pruebas que la acrediten en caso de conflicto, y para ello contamos con el Registro de la Propiedad Intelectual (RPI) y otros registros privados, como el de Safe Creative

El RPI no otorga de por sí estos derechos –ya que surgen automáticamente por el simple hecho de la creación de la obra–, ni los creadores tienen obligación de inscribir su obra en este u otros registros para conservarlos, si bien estos proporcionan un certificado legal para los autores. Los registros funcionan, así, como instrumentos ante posibles acusaciones de plagio o reclamaciones por parte de terceros, generando una prueba sólida de la autoría y de la existencia de una obra creativa en una fecha determinada. 

Otras vías para registrar obras 

Con todo, a pesar de los intentos de actualización del Registro de la Propiedad Intelectual, el pago de tasas, su escasa publicidad y, en general, el desconocimiento de sus funciones hace que los titulares de derechos decidan acudir a otras vías para conseguir demostrar la existencia de unos derechos reconocidos por ley. Aquí es donde surge Safe Creative como uno de esos medios alternativos que pretende solventar las deficiencias del Registro, cubriendo las necesidades de autores y titulares de derechos de forma telemática, fiable y gratuita. 

Pero más allá del registro y la protección de las obras, Safe Creative constituye un soporte continuo para los creadores en el ámbito digital, aportando desde información actualizada sobre propiedad intelectual hasta herramientas esenciales para la gestión de los derechos de autor. Además, la plataforma permite documentar e ir registrando cada fase del proceso creativo, desde bocetos iniciales hasta versiones finales. 

Qué se puede registrar: requisitos y obras 

La legislación en materia de propiedad intelectual señala qué requisitos debe cumplir una obra «literaria, artística o científica» para ser protegible, y cita la «creatividad» y la «originalidad» como dos características esenciales. En última instancia, será un juez, durante un proceso judicial, quien dictamine si una obra cumple dichos requisitos y merece, por tanto, protección. 

Una vez aclaradas esas consideraciones, tanto la LPI, en su artículo 10, como el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas de la OMPI, ofrecen listados abiertos sobre qué tipo de obras pueden ser objeto de inscripción. Entre estas, cabe citar: 

  • Obras literarias o científicas, conferencias y discursos escritos, epistolarios y demás obras de similar naturaleza. 
  • Composiciones musicales, con o sin letra, y otras producciones fonográficas. 
  • Obras teatrales, incluyendo musicales, coreografías y pantomimas, entre otras. 
  • Obras cinematográficas y audiovisuales. 
  • Interpretaciones, actuaciones o ejecuciones. 
  • Obras plásticas, desde pintura y dibujo hasta grabado, litografía o cómics, incluyendo bocetos. 
  • Maquetas, planos y diseños de arquitectura o ingeniería. 
  • Gráficos, mapas y otros elementos topográficos. 
  • Fotografías y obras realizadas con procedimientos análogos. 
  • Programas de ordenador, bases de datos y páginas web. 

¿Qué no se puede inscribir? El caso de las marcas y nombres comerciales 

También es importante saber que no todo es protegible mediante derechos de propiedad intelectual. Por tanto, no todo es inscribible en los registros oficiales. Así, el RPI no admite la inscripción de todo lo que encaje en el término «ideas» ni de otros elementos, como proyectos, técnicas, métodos de aprendizaje, procedimientos para realizar o construir cosas, fórmulas y algoritmos, descubrimientos científicos o técnicos, ni cualquier concepto o método de trabajo. 

El registro oficial tampoco está facultado para inscribir marcas o nombres con fines comerciales, al no ser estos creaciones artísticas, literarias o científicas protegidas por derechos de autor. En este caso habrá que seguir un procedimiento administrativo similar al del registro de una patente, que se concederá por un tiempo. Aquí cabe advertir que este tipo de registro de marcas y nombres comerciales sí puede solicitarse en varias regiones a través de la plataforma de Safe Creative. 

Ventajas del registro de Safe Creative 

Las ventajas del registro digital a través de Safe Creative frente a los modelos tradicionales residen en su prueba de autoría, basada en una evidencia tecnológica que incluye un sistema triple de seguridad –tres huellas criptográficas diferentes por obra–, además de la certificación de fecha y hora mediante un doble sellado de tiempo, y una auditoría diaria en blockchain. A estas cabe añadir su carácter de verificabilidad, dado que no depende de la presunción de veracidad de un tercero, sino de una prueba técnica objetiva. 

Otras ventajas son su validez internacional, ya que su certificación está reconocida por la OMPI y es válida en todos los países firmantes del Convenio de Berna y su disponibilidad total, al ser accesible en todo momento desde cualquier lugar gracias al registro online. 

Safe Creative
Safe Creativehttps://www.safecreative.org/
Safe Creative es el mayor registro electrónico de propiedad intelectual en línea. La inscripción de la autoría en Safe Creative proporciona al autor una prueba tecnológica irrefutable de su declaración y la consiguiente protección de sus derechos (Convenio de Berna - ONU). Resulta muy aconsejable el registro de una obra antes de darla a conocer, para tener asentada una primera prueba declarativa de su autoría. Al publicar el trabajo o mostrar versiones previas es posible hacerlo con mayor tranquilidad, sabiendo que se dispone de la mejor prueba en el tiempo frente a quien pudiera estar tentado de atribuirse éste como propio.

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