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Multa millonaria a Meta por competencia desleal  

Los medios españoles han logrado una victoria judicial histórica contra Meta. Un juzgado madrileño ha imputado a Meta competencia desleal por utilizar datos personales de usuarios sin permiso con fines publicitarios y ha impuesto a la tecnológica una multa de 479 millones de euros. El fallo también impone el pago de indemnizaciones específicas a Europa Press (2,57 millones) y a Radio Blanca (13.563 euros). 

Infracción del RGPR de la Unión Europea 

La resolución indica que la tecnológica obtuvo «una ventaja competitiva significativa» al «procesar ilegalmente datos de usuarios contraviniendo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea y la legislación de competencia española», informa Reuters. El dictamen se apoya en el artículo 15.1 de la Ley de Competencia Desleal que considera ilícito «prevalerse en el mercado de una ventaja obtenida mediante la infracción de otras leyes», señala Genbeta. El fallo estima parcialmente la demanda interpuesta en 2023 por los editores españoles que acusaba a la empresa de alterar el mercado publicitario al basar sus anuncios en un volumen de datos al que la prensa no podía acceder. «Meta explotaba de forma masiva datos personales de los usuarios de Facebook e Instagram para personalizar anuncios, sin un consentimiento adecuado al RGPD», señala ReasonWhy

Meta eliminó el consentimiento expreso 

Un cambio realizado por Meta en 2018, coincidiendo con la entrada en vigor del RPGD, fue lo que dio pie al conflicto. La tecnológica sustituyó sus condiciones para que el tratamiento de los datos personales con fines publicitarios en vez de hacerse a través del consentimiento explícito del usuario se hiciera por «necesidad para la ejecución del contrato», explica Genbeta. El tribunal ha considerado que esta decisión convirtió en ilícito el tratamiento de los datos durante los cinco años que mediaron entre mayo de 2018 y julio de 2023, momento en el que Meta recuperó el consentimiento expreso. 

En un comunicado de AMI, la asociación pone de manifiesto que, de haber mantenido el consentimiento, «habría evitado la infracción» y demandas como esta no hubieran podido «prosperar». En declaraciones recogidas por la Agencia France Press (AFP), Irene Lanzaco, su directora general, ha asegurado que el dictamen es «una victoria para la democracia, la información veraz y la competencia justa». También ha remarcado que la infracción de la tecnológica duró años, «violando la privacidad de millones de usuarios y perjudicando gravemente a los medios que cumplían la ley».  

Indemnización por el lucro cesante 

Ante la negativa de Meta a facilitar las cuentas, el tribunal ha calculado las indemnizaciones en función de «las ganancias que han dejado de obtener los medios españoles», según reporta AMI. A la hora de hacer el reparto entre los distintos medios afectados, con el fin de conocer la cuota de mercado que mantenía cada uno de ellos, el juez recurrió al informe que elabora la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) acerca del sector de la publicidad online en España. Meta ha descalificado el fallo por «infundado» y asegura que «carece de cualquier prueba del supuesto daño e ignora de forma deliberada el funcionamiento de la publicidad en línea», señala Reuters. También ha anunciado que apelará la decisión. 

Vía contra la competencia desleal 

Aunque el fallo no es firme, los expertos creen que puede sentar precedente e influir en juicios similares que se están tramitando en Europa. De hecho, la ONG internacional francesa Reporteros sin Fronteras, considera que «abre una vía para una ofensiva eficaz contra la competencia desleal de las plataformas en Europa», recoge AFP. En España, el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado que a través de una comisión en el Congreso se investigará a la compañía por el uso de un «mecanismo oculto para rastrear la actividad web de usuarios de dispositivos Android», apunta la agencia Reuters. 

Fuentes: Reuters, Reason Why, Genbeta, AMI (comunicado), AFP. 

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