El cantante puertorriqueño tendrá que enfrentarse a un juicio por vulneración de los derechos de autor e imagen, después de que el Tribunal Supremo de Puerto Rico haya encontrado fundamentos sólidos en la demanda de su ex pareja, Carliz de la Cruz.
La demandante acusó en 2023 a Bad Bunny de utilizar sin autorización una grabación de su voz, que el artista incluyó en dos canciones además de en conciertos y campañas promocionales. El dictamen de la Corte no significa una victoria para De la Cruz, pero sí permite que el pleito regrese a una instancia inferior para que siga su curso.
La frase de la disputa legal
La Justicia ha dado vía libre para que la ex novia de Benito Antonio Martínez Ocasio, conocido mundialmente como Bad Bunny, siga adelante con su demanda contra el cantante por utilizar una grabación de su voz con la frase «Bad Bunny, baby», que apareció en el tema Dos Mil 16, lanzado en 2022 dentro del disco Un verano sin ti, recoge Billboard. Dicho fragmento también aparecía en la canción Pa ti, de 2016, si bien en este caso el tribunal ha descartado la reclamación por haber prescrito.
Una relación intermitente surgida en un súper
Carliz de la Cruz, abogada especializada en propiedad intelectual y derecho de entretenimiento, conoció en 2011 a Bad Bunny, cuando ambos trabajaban en un supermercado al norte de Puerto Rico. Cuatro años después, ella grabó un mensaje de voz con la citada frase, a petición del cantante, del que se separó en 2016, aunque mantuvieron una relación intermitente hasta 2019.
En el año 2023, De la Cruz presentó una demanda contra el cantante y el sello Rimas Entertainment por vulneración de sus derechos de imagen y propiedad intelectual, con el argumento de que nunca permitió su uso para incorporarla en las canciones, y que tampoco recibió ninguna remuneración. Por ello, reclama al cantante y a la discográfica 40 millones de dólares, publica Efe.
Gancho publicitario y lucro injusto
Los representantes del artista ofrecieron en su día el pago de 2.000 dólares por el audio, que ella rechazó, prohibiendo que continuaran usando su voz con fines comerciales. Pese a esto, la grabación siguió circulando por las redes sociales y en conciertos, promociones y demás espectáculos del cantante, hasta convertirse en un gancho publicitario «que avivó el interés» por la relación. Ello contribuyó a impulsar las ventas y un lucro injusto por el que no compensaron a la autora, añade Rolling Stone. La insistencia llegó incluso a provocar que De la Cruz necesitase asistencia psicológica.
Reclamación del derecho de publicidad y de autor
Este dictamen fue ratificado tras una apelación por parte del cantante en 2025, y ahora el Tribunal Supremo vuelve a coincidir con las instancias inferiores, basándose en la ley de derecho de publicidad de Puerto Rico, que protege la voz de una persona contra su empleo sin permiso y con un motivo comercial.
Por otro lado, la decisión también habilita a la demandante para seguir su reclamación por derechos de autor contra el artista. Esta parte de la acusación fue desestimada en 2024, pero ahora la Corte ha decidido reactivarla al considerar que la grabación puede ser susceptible de ser protegida por cuanto la voz es la «interpretación personal, distinguible e incomparable», y ha sido «fijada en un medio tangible» y utilizada «indebidamente».
Jueces no ven «procedente» la demanda
El dictamen de la Corte, obtenido por mayoría, incorpora no obstante varios votos en contra, que consideran que el fragmento en disputa es demasiado breve para ser tenido en cuenta y que «ninguna de las causas de acción […] resulta jurídicamente procedente», resalta el juez Ángel Colón, según Billboard.
Fuentes: Billboard, Efe, Rolling Stone, El Universo.

