La inteligencia artificial (IA) no tiene musa propia y así lo ha reflejado en un fallo el Indecopi, la autoridad peruana en defensa de la competencia y la propiedad intelectual. En segunda y última instancia administrativa, ha cerrado la puerta a inscribir tres imágenes generadas con esta tecnología por haberse usado la IA «sin acreditar» una aportación creativa humana suficiente sobre los resultados finales, según explicó el propio organismo en un comunicado el 29 de septiembre.
La decisión de la Sala Especializada en Propiedad Intelectual afecta a las obras Viejo callejón de un solo caño, Café del lunes y Lomo saltado en taberna, presentadas por un mismo solicitante para registrarlas como creaciones artísticas. Tras examinar los tres recursos de apelación, los declaró «infundados» (sin fundamento jurídico suficiente) y confirmó las resoluciones de primera instancia que ya habían denegado el registro.
Autoría humana, requisito imprescindible
El dictamen pone de nuevo sobre la mesa la preocupación de artistas, ilustradores y otros profesionales de la creación respecto al nivel de intervención que debe tener una persona en una obra generada con IA para que pueda protegerse por derechos de autor. El Indecopi recuerda que esta protección exige una creación personal y original que sea fruto de la «actividad creativa humana», recoge La República.
Con esa premisa, la Sala concluyó que las imágenes obtenidas exclusivamente mediante algoritmos o sistemas de IA no reúnen las condiciones para ser consideradas «obras protegibles».
El solicitante reivindicó sus decisiones creativas
El interesado no se quedó de brazos cruzados ante la negativa. Defendió su autoría argumentando que solo utilizó la tecnología como una «herramienta de apoyo» y que su intervención había sido determinante en diferentes fases del proceso. Entre otras, citó decisiones sobre «composición, perspectiva, iluminación, colores y texturas», además de la «selección de los resultados y su edición final», informa Infobae.
También aportó detalles de sus intervenciones en la obra Viejo callejón de un solo caño. Aseguró que había ideado la «atmósfera» y la «narrativa visual», sumado «elementos arquitectónicos» y retocado una y otra vez las indicaciones escritas que dio a la máquina hasta acercarse a lo que buscaba. En el caso de las otras dos obras, también alegó que tomó decisiones «estéticas y creativas», indica El Espectador.
Sin pruebas, no hay autoría
Sin embargo, el tribunal administrativo consideró que las alegaciones no estaban acompañadas de ningún medio de prueba que permitiera «verificar» el alcance real de la intervención humana ni el «control creativo sustancial» que el solicitante decía haber ejercido sobre las imágenes definitivas, recoge este mismo medio. Ante esa falta de pruebas, y apoyándose en lo consignado en las propias solicitudes, la institución peruana resolvió que las tres imágenes habían sido desarrolladas por completo con sistemas de IA.
Decisión recurrible en los tribunales
Aunque la resolución agota la vía administrativa, no cierra por completo el caso. Indecopi indicó en su comunicado que la decisión puede recurrirse ante la justicia. Del mismo modo, solo refleja la posición de la autoridad administrativa sobre estas tres solicitudes concretas, sin que deba interpretarse como una prohibición general de registrar obras realizadas con ayuda de IA.
Las tres resoluciones pueden consultarse en el buscador de jurisprudencia del Indecopi mediante los códigos 1583-2026/TPI, 1584-2026/TPI y 1585-2026/TPI.
Fuentes: Indecopi, La República, Infobae, El Espectador.

