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Mango, condenada por exponer obras de arte en el metaverso sin permiso

La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a Mango al pago de una indemnización de 750.380 euros por el uso no autorizado de obras. La sentencia se refiere a la creación de varios NFTs de Joan Miró, Antoni Tàpies y Miquel Barceló para difundirlos en el metaverso. El tribunal considera que la acción, que formaba parte de una campaña de marketing para la inauguración de una tienda de la cadena de moda en Nueva York, infringe los derechos de propiedad intelectual de los autores. Mango ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo. 

El fallo, pionero en el ámbito del metaverso, estima el recurso presentado por Vegap (Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos) contra una primera sentencia de un juzgado mercantil que hace un año daba la razón a Punto Fa, matriz de la empresa textil, y condena a Mango «por exhibir y transformar» hasta cinco cuadros de estos artistas «sin permiso y con un fin comercial», explica El Confidencial. 

Origen de la demanda, y un fallo desfavorable 

Todo empezó hace tres años, en el estreno de la macrotienda de Mango en la Quinta Avenida de Nueva York. Para celebrar el acontecimiento, la cadena colgó en su local cinco obras de la colección de su fundador, Isak Andic, fallecido en 2024: dos de Joan Miró, dos de Tàpies y una de Barceló. Además, transformó digitalmente las obras en composiciones animadas y NFTs que se difundieron en el espacio digital en redes como Instagram o TikTok, y virtual, en el metaverso Decentraland y en Opensea, un marketplace de NFT. 

Vegap asegura en ABC que, en un primer momento, la entidad de gestión trató de que se retiraran las creaciones, pero la compañía no aceptó, por lo que terminó presentando la primera demanda, que falló en contra de los intereses de los autores. 

Poseer las obras no habilita para su virtualización 

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Barcelona ha revocado ahora ese fallo, al considerar que las obras fueron digitalizadas y transformadas, y que se difundieron públicamente sin consentimiento. El escrito argumenta que el hecho de que Mango sea propietario de los cuadros permite su exposición en sus establecimientos, pero no le habilita para su digitalización, ni para crear un NFT de ellos, ni para exponerlos en un espacio virtual compartido. 

El juzgado considera que antes de transformar dichas creaciones y publicitarlas en Internet la empresa debería haber solicitado el permiso de los autores. 

Rechazada la doctrina del «uso legítimo» 

El tribunal en primera instancia se basó en que hubo «un uso legítimo, justo e inocuo» de la acción de Mango. No obstante, la Audiencia ha explicado que la doctrina del fair use «no tiene cabida en el ordenamiento jurídico español», y que tanto la legislación nacional como europea ya aborda las excepciones a la propiedad intelectual. 

Una sentencia «histórica» en el metaverso 

Vegap ha estado asesorado en el pleito por el bufete Gómez-Acebo & Pombo, que ha publicado una nota señalando que la sentencia ha acogido «todas las pretensiones de la demanda de VEGAP», declarando «la infracción de los derechos de propiedad intelectual, tanto patrimoniales como morales, de los titulares de las obras». 

El bufete califica el fallo como un «hito relevante en el ámbito de los derechos de autor», al ser la primera vez que un tribunal español aborda la infracción de dichos derechos «en el campo del metaverso y los NFTs». 

Por su parte, el director general de Vegap, Javier Gutiérrez, considera «histórica» la sentencia, al ampliar la protección de los artistas plásticos al entorno digital y sentar un precedente para futuros litigios, ha explicado en ABC. 

Indemnización y destrucción de los NFT 

La sentencia impone el pago de 750.380 euros, que se desglosan del siguiente modo: 500.000 euros por daños patrimoniales –100.000 euros por cada cuadro–, 250.000 euros por daños morales – 50.000 por obra–, y 380,21 euros por gastos de investigación, señala ABC. Además, prohíbe a Mango que vuelva a realizar este tipo de acciones y ordena destruir los NFT y publicar la sentencia en la web y redes sociales de la compañía. 

Mango recurrirá al Tribunal Supremo 

Por su parte, la cadena fundada por Andic ha anunciado que recurrirá el fallo ante el Tribunal Supremo, para defender que «ha actuado siempre de buena fe». También incide en que la actuación «no perseguía lucro ni explotación comercial de las obras», ni de los NFT. Por último, señala que durante todo el proceso la compañía trató de llegar a un acuerdo con Vegap, que fue reiteradamente rechazado. 

Fuentes: El Confidencial, ABC, Safe Creative, Gómez-Acebo & Pombo (comunicado). 

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