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Los constantes desafíos entre tecnología y propiedad intelectual

Todos estamos de acuerdo en que, cada vez que la tecnología evoluciona y ofrece nuevas formas de creación y difusión de obras, pero también surgen nuevos interrogantes sobre la idoneidad de la norma y el alcance su protección. Por ello, desde que Gutemberg inventara la imprenta y hasta el gran dilema de hoy en día, la inteligencia artificial generativa, siempre ha surgido la necesidad de adaptar la norma a la nueva realidad. Sin embargo, como veremos, las cuestiones planteadas a lo largo de la historia han tenido cierta similitud independientemente de la rama artística en cuestión.

Desde la imprenta hasta el cine

Los constantes desafíos entre tecnología y propiedad intelectual

No siempre llueve a gusto de todos y, aunque ahora vemos la invención de la imprenta como uno de los grandes hitos históricos, no pensaban lo mismo el clero o la monarquía, quienes hasta ese momento tenían el control sobre que libros eran copiados o traducidos. En definitiva, controlaban la difusión del conocimiento.

Pero tras la invención y expansión de la imprenta, en pocos años surgieron los gremios de impresores, quienes controlaban, como si de un monopolio se tratase controlaban precios, las tiradas, calidad, etc., es decir, seguía habiendo un control sobre la edición de libros, pero la invención de imprenta había conseguido que cambiara de manos. Para poner fin a ello y limitar el poder de estos gremios, en 1710, a través del archiconocido Estatuto de la Reina Ana, se reconoció al autor como titular de los derechos de su obra, así como su derecho a elegir editor.

Apenas 130 años después surgió un nuevo avance tecnológico: la máquina fotográfica. Por primera vez se podía captar y reproducir una imagen real y la creatividad humana quedaba relegada por un proceso mecánico. En este caso fueron los pintores y retratistas quienes manifestaron sus quejas a esta nueva invención, dudando de si la fotografía era o no una creación artística, ya que era un acto mecánico, que no tenía originalidad y que además les quitaría trabajo. Cuestión esta que nos suena a todos cuando hablamos de inteligencia artificial. Entre debate y debate, el Convenio de Berna no incluyó a las fotografías entre las obras protegidas hasta la revisión de Bruselas (1948).

Los músicos no podían ser menos, y cuando a finales del siglo XIX surgió el gramófono, manifestaron sus quejas sobre este invento, ya que, según sus conjeturas, acabaría con la música en vivo. Y ello pese a que la calidad del sonido y el sentimiento que generaba en el espectador esta nueva forma de reproducción mecánica no se podía asemejar a lo que lograba la música en vivo interpretada por un ser humano. Sin embargo, la posibilidad de distribución de obras en estos nuevos soportes y la creación de derechos sobre tales obras otorgaron una nueva fuente de ingresos a los artistas titulares de los mismos.

Llegó el cinematógrafo, e introdujo una nueva forma de narrativa visual y muchos escritores dijeron: es el fin de los libros, el fin del teatro. El cine tuvo más suerte que la fotografía, pues en el Convenio de Berna lo reconoció como obra protegible en su revisión de 1908 y, no cabe duda que no solo no ha acabado con la literatura, sino que ha creado nuevas formas de expresión, adaptando obras literarias a la pantalla. Visto con perspectiva, parece increíble como este cine de principios siglo, y que a todos nos evoca las creaciones de Georges Méliès, podía cuestionar la literatura o el teatro como medio de comunicación. Como dijo Ray Amara en 1972, nuestra tendencia es sobrestimar los efectos de una tecnología en el corto plazo y subestimar el efecto en el largo plazo.

La era digital

Los constantes desafíos entre tecnología y propiedad intelectual

No podemos enumerar con el mismo detalle la gran cantidad de avances tecnológicos surgidos a lo largo del siglo XX, pues es a todas luces claro que la vertiginosa evolución tecnológica ha cambiado por completo la forma de concebir la creación artística y la forma en la que consumimos música, radio, televisión, etc.

Sin embargo, siempre ha surgido la misma reflexión: el avance de la tecnología es una amenaza constante de los intereses de la industria cultural de cada momento. Cuando Sony lanzó Betamax, con capacidad de grabar video, Universal y Disney consideraban que era una puerta a la piratería y demandaron a Sony. La demanda fue desestimada por el Tribunal Supremo de Estados Unidos (1984). En el caso que dicha demanda se hubiera estimado, es probable que el mundo no fuera tal y como lo conocemos hoy en día.

A finales de los años 70 surgieron los primeros videojuegos, que aún no cuentan con protección específica como obra independiente. A principio de los años 80, empezaban a aterrizar en los hogares y empresas los primeros ordenadores personales que. con la aparición de Internet (1991), dieron lugar a una revolución en la forma en la que se distribuyen las obras, un cambio de paradigma bastante similar al que supuso la imprenta cuatro siglos antes. Ni que decir tiene el hito que supuso la película Toy Story (1995) para la industria del cine de animación y desde la cual nada fue igual. O como la aparición de las plataformas de streaming terminó con la distribución de películas en videoclub, haciendo caer al gigante BlockBuster, que cerró definitivamente en el 2014.

IA y nuevos desafíos

Como se ha visto, a lo largo de la historia siempre ha surgido un cambio tecnológico que ha provocado la necesidad de proteger al creador o, mejor dicho, a los agentes que intervienen y monetizan la creación, desde el autor del libro hasta el editor, desde el guionista al productor. Sin embargo, podemos decir que la inteligencia artificial supone un nuevo paradigma, ya que por primera vez se crean obras sin necesidad de la creatividad humana.

El criterio de originalidad puede que se limite a los prompt tal y como propone la reciente sentencia del tribunal de Beijing. De lo que no cabe duda de que el uso de la Inteligencia Artificial Generativa es inexorable y que el futuro creativo y legislativo pasa por adaptarnos a la misma, abriendo la posibilidad a reconocer nuevas formas de creación artísticas como ya paso con la fotografía o el cine, así como a la creación de nuevos derechos que ayuden a la protección de los creadores y sus obras.

🪧 Aviso: los artículos de Opinión reflejan las perspectivas de sus autores. SafeCreative no se identifica necesariamente con los puntos de vista expresados en ellos.
Marco Antonio Mariscal Moraza
Marco Antonio Mariscal Moraza
Abogado y Doctor en Derecho en la Universidad Complutense de Madrid. Compatibiliza el ejercicio profesional con la labor docente como profesor asociado en la Facultad de Derecho de la Universidad de Alcalá.

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