En la vida societaria el depósito de cuentas anuales tiene lugar tras la Junta General que las aprueba. El depósito se concluirá ordinariamente siempre que el informe del auditor haya sido favorable. Al efecto, hay que recordar que,según el artículo 5.1 de la Ley de Auditoría, el auditor puede emitir sobre las cuentas anuales sujetas a revisióncuatro opiniones distintas: favorable; favorable con salvedades; desfavorable y opinión denegada.Si la opinión es favorableo favorable con salvedades el d