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Entendemos por modificación sustancial de las condiciones de trabajo aquellas decisiones unilaterales de cambio que el empresario ejercita para hacer frente a una concreta situación de necesidad.
Es por ello que es requisito indispensable que la modificación haga referencia a uno de los ámbitos previstos por el legislador en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Esto es, solo podrán estar referidas a la jornada de trabajo, horario, distribución del tiempo de trabajo, sistema de traba
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Title TIPOS DE MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LA CONDICIONES DE TRABAJO
Entendemos por modificación sustancial de las condiciones de trabajo aquellas decisiones unilaterales de cambio que el empresario ejercita para hacer frente a una concreta situación de necesidad.
Es por ello que es requisito indispensable que la modificación haga referencia a uno de los ámbitos previstos por el legislador en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Esto es, solo podrán estar referidas a la jornada de trabajo, horario, distribución del tiempo de trabajo, sistema de traba
Work type Article
Tags abogado laboralista, pamplona, despacho de abogados, derecho laboral
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Registry info in Safe Creative
Identifier 1612270198050
Entry date Dec 27, 2016, 2:48 PM UTC
License All rights reserved
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Author. Holder SOCIALONCE MARKETING&INTERNET S.L.. Date Dec 27, 2016.
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