¿A quién corresponde el uso y disfrute de la vivienda y ajuar familiar?
09/14/2016
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Como regla general y en defecto de acuerdo de los progenitores, el uso de la vivienda familiar y los objetos de uso ordinario corresponderán a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden.
No habiendo hijos, podrá acordarse que el uso de tales bienes, por el tiempo que prudencialmente se fije, corresponda al cónyuge no titular, siempre que, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección.
Aunque estas cuestiones quedan claras, debemos

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vivienda familiar
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Title ¿A quién corresponde el uso y disfrute de la vivienda y ajuar familiar?
Como regla general y en defecto de acuerdo de los progenitores, el uso de la vivienda familiar y los objetos de uso ordinario corresponderán a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden.
No habiendo hijos, podrá acordarse que el uso de tales bienes, por el tiempo que prudencialmente se fije, corresponda al cónyuge no titular, siempre que, atendidas las circunstancias, lo hicieran aconsejable y su interés fuera el más necesitado de protección.
Aunque estas cuestiones quedan claras, debemos
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Tags vivienda familiar, convenio regulador, pago de los préstamos

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Entry date Sep 14, 2016, 5:16 PM UTC
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Author. Holder socialonce. Date Sep 14, 2016.


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