derechos de autor e inteligencia artificial

¿Se pueden registrar los derechos de autor de una obra creada con Inteligencia Artificial?

En los últimos años algunos artistas han decidido experimentar con nuevas tecnologías para probar otros caminos creativos y crear nuevas obras. Lo que ha generado alguna polémica y, a su vez, abierto un tema de debate: derechos de autor e Inteligencia Artificial (IA).  

Una de las certezas que conocemos es que la tecnología ha cambiado muchos aspectos de nuestra vida, creando nuevos hábitos. Desde rutinas sencillas como levantarse y pedirle una taza de café a un asistente virtual, hasta otras más complejas como determinar la producción de una fábrica industrial. Dos cosas que son posibles, y suceden a diario, gracias a la Inteligencia Artificial.  

Que la IA llegara a la cultura, el arte y la creatividad solo era cuestión de tiempo. Y lo ha hecho a lo grande. Llenando de ideas y posibilidades las mentes de los creadores, pero también planteando algunas dudas a nivel legal y teórico.  

Por este motivo, en el artículo de hoy queremos hablar sobre cómo interviene la Inteligencia Artificial en la creación de obras y qué implicaciones tiene en los derechos de autor, así como compartir nuestro punto de vista. ¡Comencemos! 

Crear una obra con Inteligencia Artificial

El título Inteligencia Artificial y derechos de autor puede sonar muy futurista, pero lo cierto es que ya forma parte del presente. Hace más de 40 años que la tecnología se integra en el trabajo creativo de un autor. Recordemos que desde 1970 los ordenadores han servido como un instrumento para producir obras de arte. Y a día de hoy siguen haciéndolo. Por ejemplo, un ilustrador utiliza un programa informático instalado en su ordenador para crear una de sus obras artísticas. 

El dilema viene cuando la máquina ya no necesita intervención humana para crear la obra, sino que lo hace a través de un algoritmo matemático. Un algoritmo que ha desarrollado una persona, sí. Pero en el momento de la ejecución, la máquina ha sido la única creadora. En este momento, también entra en juego el tema de la protección de la obra. ¿A quién pertenecen los derechos de autor? Para resolver esta cuestión, hablemos sobre la Inteligencia Artificial en la Propiedad Intelectual

inteligencia artificial y derechos de autor

Inteligencia artificial y derechos de autor

Los derechos de autor y la Inteligencia Artificial pueden plantear una serie de dudas que vamos a resolverte ahora mismo. Para comenzar, cuando hablamos de esta nueva tecnología, lo primero que deberíamos preguntamos es ¿existe una ley que regule la Inteligencia Artificial? Por el momento, a principios del año 2023, no. No existe. Como suele ocurrir en el sector tecnológico, los progresos avanzan a pasos de gigante y, en ocasiones, la legislación se queda un poco atrás hasta que se actualiza.  

Puesto que no existe un principio que contemple este supuesto, acudimos directamente a la Ley de Propiedad Intelectual. Que en el Artículo 5 señala que “se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica”. Aquí ya tenemos una de las claves y es que se menciona expresamente el género humano, lo que significa que para que se pueda registrar una obra el proceso creativo debe estar ligado a una persona física.  

Además, como cabría esperar, han surgido casos de derechos de autor e Inteligencia Artificial que han acabado en los tribunales y han sentado jurisprudencia. Uno de los más mediáticos fue el del Ph.D. en física, Steve Thaler, el pasado 2022 en Estados Unidos, que quería registrar una obra generada por ordenador como un trabajo por encargo. A lo que la Oficina de Registro de Copyright de los Estados Unidos (USCO, por sus siglas en inglés), dictaminó que una obra no puede ser registrada con derechos de autor si no ha habido una intervención humana.  

¿Se puede registrar una obra elaborada con Inteligencia Artificial?

Teniendo en cuenta lo expuesto anteriormente, la respuesta rápida sería: sí, siempre que haya una clara intervención de un ser humano y el proceso creativo esté vinculado a una persona física. Pero entremos en detalles.  

Según se especifica en las legislaciones de diferentes países, solamente pueden protegerse por derechos de autor las obras creadas por un ser humano. Lo que significa que la Inteligencia Artificial debería considerarse como un apoyo, instrumento o herramienta para la creación de la obra original. Pongamos un ejemplo para que quede más claro. Si la obra ha sido creada por una máquina a partir de un algoritmo que has desarrollado tú, no serías el autor de la obra, pues la creación en sí la ha realizado la máquina.  

No olvidemos que la Propiedad Intelectual se asocia a cualquier creación de la mente humana y, por tanto, el objetivo de la Ley de Propiedad Intelectual es proteger los derechos de los autores de obras científicas, literarias o artísticas. De modo que si no interviene la mente humana durante el trabajo creativo, la obra no puede protegerse por derechos de autor.   

qué hacer en caso de plagio

¿Cuál sería nuestra recomendación? Como sabes, para nosotros uno de los aspectos más importantes es proteger al autor, por lo que el mejor consejo que podemos darte es que registres todas tus obras para generar una prueba de autoría. De este modo, si en el futuro necesitas aportar pruebas de que una obra en la que se ha basado la Inteligencia Artificial es tuya, siempre podrás acreditarlo. 

Para que este proceso sea rápido y sencillo, en Safe Creative contamos con un sistema de registro exprés 100% online. Tan solo tienes que registrarte, subir el fichero de tu obra, rellenar algunos campos y ¡listo! Recibirás un correo con toda la información de registro y un certificado de la inscripción de autoría. 

En el caso de que hayas detectado un posible plagio de tu obra y necesitas saber cómo actuar, lee nuestro artículo qué hacer en caso de plagio, te resultará muy útil. 

En cualquier caso todavía estamos por ver qué va a ocurrir cuando las inteligencias artificiales son instruidas por un artista en su propio estilo, y se pueda definir con precisión que los cambios específicos introducidos por el propio artista en las obras resultantes podrían ser, finalmente, consideradas obras de ese mismo autor, aunque no haya ejecutado, por ejemplo, la pintura, de forma análoga a cómo son los algoritmos de las cámaras de móvil los que interpretan y alteran la temperatura de color, saturación o contraste de las imágenes que se toman y los filtros que se puedan aplicar. Estamos hablando de un argumento próximo a los algoritmos de tratamiento de imágenes, por ejemplo, que existen en el procesamiento de éstas y que usan las capacidades de las inteligencias artificiales en mayor o menor medida.

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