La OMPI y los registros privados de propiedad intelectual.

Dice la Organización Mundial de Propiedad Intelectual en su página web oficial sobre la “Catalogación y registro del derecho de autor”(1):

Principio de protección sin formalidades

La prohibición de formalidades para la protección del derecho de autor es el resultado de un proceso histórico.

Antes de que entrara en vigor el Convenio de Berna de 1886, cada país tenía sus propias reglas para el reconocimiento del derecho de autor respecto de una obra. Por consiguiente, los autores debían cumplir formalidades que eran diferentes de un país a otro.

El Convenio de Berna introdujo el principio de que los autores de los países de la Unión sólo deben cumplir las formalidades impuestas por el país de origen de la obra.

Durante la revisión del Convenio efectuada en Berlín en 1908, esta regla fue sustituida por el principio actual de protección sin formalidades, reflejado en el Artículo 5.2) del Acta actual de 1971 del Convenio de París, en virtud del cual el goce y el ejercicio de estos derechos no estarán subordinados a ninguna formalidad.

Ventajas de los registros voluntarios (públicos)

Al tiempo que respetan los principios establecidos en el Convenio de Berna, varios miembros de la Unión de Berna han establecido sistemas nacionales de registro voluntario para el derecho de autor y algunos también para los derechos conexos.

En opinión de estos Estados Miembros, el registro facilita el ejercicio del derecho de autor y los derechos conexos proporcionando a los titulares de derechos un medio simple y eficaz de establecer claramente la autoría y/o la titularidad de los derechos.

Los sistemas nacionales de registro contienen frecuentemente información valiosa sobre la creatividad, tanto desde el punto de vista jurídico como económico.

En su calidad de oficina de registro, un registro del derecho de autor puede poner a disposición certificados de registro, copias certificadas de documentos relativos a registros y otros documentos que proporcionen, con efectos jurídicos variables, información importante sobre una obra o cualquier otro material objeto de protección, sobre su autor o, debido a la inscripción de las diferentes cesiones, sobre su titularidad actual.

El registro también puede ayudar a delimitar el dominio público (por ejemplo, proporcionando información relativa a la expiración del plazo de protección) y por consiguiente facilita el acceso al contenido creativo para el cual no se necesita una autorización del titular del derecho.

La información contenida en los registros nacionales no sólo es valiosa para las relaciones jurídicas y económicas sino también para el interés público, proporcionando una fuente de estadísticas nacionales sobre la creatividad y la cultura.

Por último, los registros nacionales pueden constituir un repositorio de patrimonio cultural e histórico ya que representan colecciones de objetos de creatividad nacionales, en particular obras y otras contribuciones creativas.

El registro en el entorno digital.

En los últimos años se han venido planteando varias cuestiones relacionadas con el registro del derecho de autor y los derechos conexos en el entorno digital, en constante evolución.

El advenimiento de la tecnología digital, el inmenso flujo de contenidos y la multiplicación de creadores, a veces completamente desconocidos, justifica el renovado interés en que los datos de titularidad sean precisos y de fácil acceso y, por lo tanto, en la catalogación y el registro en sus distintas formas.

Algunos observadores han subrayado el importante papel que puede desempeñar el registro, además de cumplir sus funciones tradicionales consistentes en facilitar el ejercicio de los derechos, es decir, como medio para demostrar la existencia de la obra y/o su titularidad.

En este contexto, se ha centrado la atención en el potencial que tiene el registro para abordar algunos de los problemas relacionados con el uso del contenido creativo, incluso en relación con las obras respecto de las cuales no es posible identificar o localizar al titular del derecho de autor (frecuentemente denominadas “obras huérfanas”).

Además, la identificación de la obra o de otra materia podría ser compleja dado que la tecnología digital permite que el contenido se refunda en una variedad de formas, en tanto que la producción multimedia combina tipos de materiales completamente distintos en una única obra.

Si bien hay muchos modos de localizar al titular del derecho de autor, se pone en evidencia que la búsqueda de registros en los países donde existe un sistema de registro puede cumplir una función destacada para localizar al titular del derecho de autor y evaluar si se han realizado suficientes esfuerzos para lograr ese cometido.

Panorama internacional

La ausencia de sistemas nacionales de registro voluntario, sumado a la falta de comunicación o interacción entre los mismos si los hubiere, conducen a un escenario internacional asimétrico.

Más aún, los registros voluntarios son muy distintos de un país a otro, cabiendo mencionar que hay sistemas que contemplan el depósito material de la obra (registro) y otros que sólo exigen la presentación de declaraciones (inscripción).

Algunos países han manifestado la necesidad de una mayor interacción entre los sistemas de registro voluntario.

Con arreglo a la Agenda de la OMPI para el Desarrollo, el Comité de Desarrollo y Propiedad Intelectual de la OMPI aprobó un proyecto temático sobre propiedad intelectual y dominio público, que contempló, entre otras cosas, la elaboración de un Estudio sobre sistemas de registro y depósito voluntario en el marco del derecho de autor.

La información para la gestión de derechos (RMI)

Cabe señalar además el papel que desempeña actualmente la información sobre gestión de derechos (RMI) que tiene un enorme potencial para identificar y localizar contenidos.

La RMI se utiliza cada vez con mayor frecuencia en los entornos de red y constituye un medio de ayuda a los usuarios para adaptar sus búsquedas, hallar los contenidos que necesitan y concertar acuerdos de licencia con los titulares de los derechos.

Con el apoyo de una RMI que avanza en su perfeccionamiento, varias entidades privadas, incluidas las sociedades de gestión colectiva y los registros privados, recolectan datos sobre la situación de los derechos de autor y la titularidad que sirven para distintos propósitos.

Los diversos enfoques que se aplican respecto de la recolección de datos y su disponibilidad responden al hecho de que algunas entidades, como las organizaciones de gestión colectiva, recolectan datos para sus miembros con la finalidad de gestionar los derechos que les confían, mientras que otras entidades realizan la recolección de datos como operación comercial para terceros.

En algunos casos la labor de proveer un registro de transacciones y declaraciones de terceros se limita a un número determinado de interesados o al marco del entorno digital.

Iniciativas privadas.

Como parte del proyecto temático sobre propiedad intelectual y dominio público, que se contempla en la Agenda de la OMPI para el Desarrollo, también elaboró el Estudio sobre sistemas y prácticas existentes en el ámbito privado para la catalogación de obras protegidas por el derecho de autor.

Este estudio abarca la catalogación del derecho de autor, incluida la aplicación de la RMI, que utilizan entidades tales como las organizaciones de gestión colectiva o el sistema Creative Commons, y examina el modo en que los sistemas identifican, o podrían contribuir a identificar, los contenidos que estén protegidos o que pertenezcan al dominio público.

Conferencia Internacional

El 13 y 14 de octubre de 2011 se celebró en la OMPI la Conferencia sobre catalogación e infraestructura en la esfera del derecho de autor, bajo el título: “Posibilitar la creatividad en el entorno digital: documentación e infraestructura en la esfera del derecho de autor”.

La organización de la Conferencia sobre catalogación e infraestructura en la esfera del derecho de autor se enmarca en el proyecto temático sobre Propiedad Intelectual y Dominio Público de la Agenda de la OMPI para el desarrollo.

Durante los dos días del evento, representantes de gobiernos e instituciones públicas nacionales e internacionales, así como académicos y demás partes interesadas del ámbito de las industrias del derecho de autor, se reunieron para tratar la creciente importancia de la catalogación y la infraestructura en la esfera del derecho de autor.

El objetivo de la conferencia era concienciar a los Estados miembros de las complejidades que subyacen en las principales cuestiones que se abordarán, entre ellas los sistemas de registro público y de depósito legal, los sistemas privados de catalogación, las prácticas y las herramientas para la obtención de licencias en línea y la relación entre infraestructura de derecho de autor y acceso al conocimiento.

De la Conferencia Internacional de la OMPI de Octubre de 2011

Antecedentes

Durante su tercera sesión, celebrada en 2009, el Comité de la OMPI sobre Desarrollo y Propiedad Intelectual (CDIP) debatió la importancia creciente de la relación entre P.I. y preservación del dominio público.

Uno de los desafíos principales a los que se enfrentan empresas, creadores y Estados miembros de todo el mundo es determinar las materias protegidas que han pasado a formar parte del dominio público, así como impedir la apropiación indebida de materias pertenecientes al dominio público o en régimen de propiedad común o comunitaria.

En la esfera del derecho de autor, la incertidumbre acerca de la titularidad y la situación de obras concretas podrá provocar que no se pongan a disposición del público, aun cuando nadie, ni ninguna entidad legal, reivindique para sí la titularidad del derecho de autor o el titular no ponga objeciones a dicha utilización.

Con respecto a las obras de autoría desconocida o aquellas cuyo titular no puede ser identificado (“obras huérfanas”), la incertidumbre puede minar el aliciente económico de la creación, imponiendo unos costos adicionales a los usuarios/creadores posteriores que deseen incorporar a nuevas creaciones material procedente de obras ya existentes.

Para superar este reto, es preciso dotarse de unas herramientas eficaces que permitan acceder fácilmente a esta información y comprobar la vigencia de los derechos de P.I. pertinentes.

Iniciativas de la OMPI

Para abordar estos motivos de preocupación, el CDIP acordó que la OMPI lanzara distintas iniciativas para ayudar a los Estados miembros, en particular los países en desarrollo y los países menos adelantados, a comprender mejor la complejidad de estos desafíos.

En consecuencia, la conferencia presentó la información recabada por la OMPI y las conclusiones a las que ha llegado la Organización a raíz de una serie de iniciativas emprendidas en el último bienio, a saber:

• Segundo estudio sobre sistemas de registro y depósito voluntario

• Estudio exploratorio sobre el derecho de autor y los derechos conexos y el dominio público

• Estudio de las prácticas y los sistemas privados de catalogación de obras protegidas por el derecho de autor

Temas

Durante la conferencia, se trataron los siguientes temas desde una perspectiva comercial, de práctica jurídica y de desarrollo de políticas:

1. Sistemas de registro público y de depósito legal

Cada vez son más los Estados miembros que han establecido sistemas de registro y de depósito legal voluntarios para contenidos creativos protegidos que facilitan el ejercicio del derecho de autor y los derechos conexos al poner a disposición de los titulares de los derechos un mecanismo simple y eficaz para establecer claramente la autoría y la titularidad de los derechos.

Los sistemas nacionales de depósito y registro contienen información valiosa, tanto desde un punto de vista jurídico como económico, sobre creaciones.

El registro también puede contribuir a delimitar el dominio público y, en consecuencia, facilitar el acceso a contenidos creativos para los que no se necesita una autorización del titular de los derechos.

La información contenida en los registros nacionales también podrá beneficiar al interés público, por cuanto es una fuente de estadísticas nacionales sobre creatividad y cultura.

Asimismo, los registros nacionales y las instituciones de depósito legal son unos depositarios valiosos de patrimonio cultural e histórico, ya que contienen colecciones de creadores nacionales que incluyen, por ejemplo, obras y demás contribuciones creativas.

Los representantes de los Estados miembros compartieron experiencias nacionales y los últimos avances en este terreno, recalcando los desafíos más comunes que plantea el entorno digital.

Las [acertadas] conclusiones del Segundo estudio sobre sistemas de registro y depósito voluntario, elaborado en colaboración con los Estados miembros, se sumaron a los debates de fondo en este ámbito.

2. Registros privados y documentación

Los sistemas privados de catalogación del derecho de autor, como por ejemplo la información sobre gestión de derechos y los identificadores, podrán desempeñar un papel fundamental en la creación de un entorno digital en el que los usuarios puedan acceder fácilmente a la información relativa a materiales creativos.

La incertidumbre acerca de la situación de una obra y el amplio abanico de derechos [accesibles] en distintos territorios podrán suponer un escollo adicional a la adecuada obtención de licencias sobre contenidos.

En esta tesitura, los identificadores pueden erigirse en un pilar fundamental de la infraestructura de derecho de autor.

Por ejemplo, las organizaciones de gestión colectiva han de crear y mantener bases de datos con información sobre sus asociados y el repertorio que gestionan.

Asimismo, también es necesario vincular las bases de datos nacionales a proyectos internacionales que hagan posible un mayor grado de compatibilidad y un mayor flujo de intercambio de datos entre las distintas organizaciones de gestión colectiva.

Por último, en esta mesa redonda se analizaron algunos de los registros privados cuyo peso va en aumento, prestando especial atención a sus especificaciones con respecto a su estructura y sus efectos jurídicos.

3. Infraestructura de derecho de autor para los modelos comerciales en Internet.

Los modelos comerciales basados en el derecho de autor que están surgiendo en el entorno digital se cimientan en una documentación automatizada y precisa con el contenido y las condiciones para la obtención de una licencia.

El entorno digital también ofrece multitud de vías distintas para acceder a los contenidos creativos y utilizarlos.

En consecuencia, se están desplegando una serie de formatos de contenidos, modelos comerciales y licencias en constante evolución y más y más flexibles que tienen como fin adaptarse a los nuevos requisitos en materia de derecho de autor.

Esta mesa redonda también se ocupó de algunos ejemplos de iniciativas ya en curso en este ámbito, en especial la base de datos con el catálogo mundial de obras musicales y grabaciones sonoras y el Registro Internacional de la Música, un proyecto de colaboración del sector de la música a escala mundial facilitado por la OMPI y que pretende eliminar los obstáculos para la obtención de licencias en el entorno digital facilitando el acceso a una información fiable sobre obras musicales y grabaciones sonoras.

Asimismo, algunos de los principales emprendedores de todo el planeta mostraron ejemplos de infraestructuras del ámbito de la industria musical, cinematográfica o editorial que también han dado sus frutos.

4. Infraestructura propicia al acceso a los conocimientos.

Para los Comités de la OMPI y otros foros internacionales de P.I., el acceso libre y unos nuevos programas de obtención de licencias que faciliten el acceso a la información y a los materiales creados son cuestiones cada vez más pertinentes.

Algunas de las áreas más importantes en esta esfera, y que más problemas plantean, son las herramientas para localizar y acceder a la información y a los contenidos creativos, tanto si están protegidos como si pertenecen al dominio público, y las tecnologías para preservar materiales expresados por medios digitales.

En el entorno digital, las tecnologías de registro, localización y preservación de obras creativas se están erigiendo en herramientas esenciales para permitir a los usuarios acceder fácilmente a un gran caudal de conocimientos.

Por su parte, gobiernos y demás partes interesadas deben entender mejor el papel del derecho de autor con respecto a estos avances tecnológicos.

Cabe la posibilidad de que los responsables del diseño de políticas vean también las infraestructuras como un activo estratégico a la hora de tratar cuestiones como las obras huérfanas y el dominio público.

Vídeo con la presentación (audio en inglés).

Safe Creative: Registro privado de propiedad intelectual

Safe Creative fue invitada por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual a la Conferencia sobre la Documentación e Infraestructura de los Derechos de Autor, en Ginebra, el 13 y 14 de Octubre de 2011 para hablar de registros privados, su visión de la interoperabilidad y los desafíos de los comienzos con que nos encontramos en los comienzos de la era digital. Participó en la conferencia como caso de mejor práctica, en el tema II: Registros privados y documentación: Gestión colectiva y documentación, Registros privados, e información sobre la gestión de derechos. (Jueves, 13 de octubre de 2011, 15.40-17.30 hs.), y contó su experiencia e ideas acerca de la necesidad de tener registros privados online para ayudar a solventar algunos de los desafíos a los que los autores se enfrentan hoy y se enfrentarán mañana.

Safe Creative es el mayor registro de propiedad intelectual que opera con ámbito global a través de Internet. A fecha de agosto de 2014 cuenta con inscripciones de más 130.000 autores de más de 50 países.

La prueba para la presunción de titularidad de derechos que establece, resulta especialmente sólida por garantizar la identidad e integridad de la obra a través del cálculo de tres huellas digitales del fichero digital que la contiene (MD5, SHA1 Y SHA512) y al emplear dos sellados de tiempo para adverar la fecha y hora de su registro: el propio de Safe Crerative, más un segundo, independiente de Safe Creative y homologado por el Ministerio de Industria español.

La accesibilidad a la información registrada en Safe Creative genera un sistema simple y pragmático de confianza, autoregulado por los propios productores y distribuidores. Un sistema de información 360º, transparente para proporcionar seguridad en las operaciones de distribución o exhibición de obras, al poder contrastar el comprador la titularidad de derechos del vendedor.

Así es como funciona este marco de información para la seguridad, visto con el ejemplo de los derechos de una película:

• El productor inscribe la información de la película y sus derechos de producción.

A partir de entonces, como titular de derechos, será informado por el registro de las inscripciones de otros derechos específicos, y derechos conexos que se realicen sobre esa obra, de forma que si alguna no resulta procedente la podrá desautorizar, y dejar constancia de una incidencia de copyright sobre ella.

• Los titulares de derechos de distribución y otros derechos conexos los inscriben, y a partir de entonces también serán informados de inscripciones posteriores, a las que a su vez también podrán ofrecer reparos si no estuvieran autorizadas.
La accesibilidad a la información de derechos registrados por parte de todos los participantes de la cadena de producción y distribución de la obra genera un marco de confianza basada en la transparencia y autoregulación.

copyright info

(1) http://www.wipo.int/copyright/en/activities/copyright_registration/ julio-2014

Los títulos han sido introducidos para facilitar la comprensión.

3 Replies to “La OMPI y los registros privados de propiedad intelectual.”

  1. Quiero informarme si en la era de la informacion ha sido incluida en todos los paises la huella dactylar como propiedad intelectual y por tanto yo puedo exigir a quien me la requiera mi huella un certificado de que mis datos no van a ser utilizados sin mi consentimiento y ellos se hacen responsable de cualquier fuga de la informacion

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