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Los extranjeros que residan en España -o en otro país de la Unión Europea- tienen derecho a la reagrupación familiar, es decir, a traer consigo a un familiar que esté en el país de origen. Este Derecho aparece recogido en la Directiva 2003/86/CE, de 22 de septiembre. Es importante saber quién son los familiares susceptibles de reagrupación, por lo que vamos a ampliar esta cuestión. Familiares reagrupablesSe podrán reagrupar los siguientes familiares: Cónyuge o persona con la que el reagrupante m
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Title ¿A qué personas puedo reagrupar?
Los extranjeros que residan en España -o en otro país de la Unión Europea- tienen derecho a la reagrupación familiar, es decir, a traer consigo a un familiar que esté en el país de origen. Este Derecho aparece recogido en la Directiva 2003/86/CE, de 22 de septiembre. Es importante saber quién son los familiares susceptibles de reagrupación, por lo que vamos a ampliar esta cuestión. Familiares reagrupablesSe podrán reagrupar los siguientes familiares: Cónyuge o persona con la que el reagrupante m
Work type Article
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Registry info in Safe Creative
Identifier 2005274166191
Entry date May 27, 2020, 11:56 AM UTC
License All rights reserved
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Author. Holder socialonce. Date May 27, 2020.
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