SAFE CREATIVE    CREATORS    SAFE STAMPER    TIPS   BLOG

Noticias

¿A quién se considera autor de una obra?

Hablamos hoy de una cuestión básica, pero no exenta de controversia en el mundo de la propiedad intelectual: ¿Quién es el autor?

El Ministerio de Cultura considera «autor» a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica. Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio soporte tangible o intangible actualmente conocido que se invente en el mundo.

De este modo, la propiedad intelectual de una obra literaria artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de haberla creado.

Esta autoría es además irrenunciable: no puede transmitirse inter vivos ni mortis causa y tampoco prescribe.

Entonces, ¿dónde surge la controversia?

El problema llega cuando hay que diferenciar entre el derecho de autoría y otros derechos de propiedad intelectual que corresponden a otros creadores.

Son los conocidos como «derechos afines» conexos» o «vecinos». La ley de propiedad intelectual distingue entre seis diferentes figuras de ellas. Hay tres especialmente habituales:

En primer lugar, se encuentran los artistas intérpretes o ejecutantes. No son otros que las personas que representan cantan, leen, recitan o interpretan en cualquier forma una obra son también artistas ejecutantes, el director de escena y de orquesta.

Hablamos del productor de fonograma como la segunda figura es la persona natural o jurídica bajo cuya iniciativa y responsabilidad se graban por primera vez los sonidos de una interpretación o ejecución. Todo queda más claro cuando se le relaciona con los derechos de reproducción de obras cinematográficas, musicales, dramáticas o coreográficas.

En tercer derecho más habitual es el productor de grabaciones audiovisuales. Se refiere a la persona natural o jurídica que tiene la iniciativa y asume la responsabilidad de la grabación audiovisual. En contra de lo que se acostumbra a pensar, el productor no sólo aporta financiación al proceso, también creatividad.

Safe Creative
Safe Creativehttps://www.safecreative.org/
Safe Creative es el mayor registro electrónico de propiedad intelectual en línea. La inscripción de la autoría en Safe Creative proporciona al autor una prueba tecnológica irrefutable de su declaración y la consiguiente protección de sus derechos (Convenio de Berna - ONU). Resulta muy aconsejable el registro de una obra antes de darla a conocer, para tener asentada una primera prueba declarativa de su autoría. Al publicar el trabajo o mostrar versiones previas es posible hacerlo con mayor tranquilidad, sabiendo que se dispone de la mejor prueba en el tiempo frente a quien pudiera estar tentado de atribuirse éste como propio.

Compartir

Artículos relacionados