Cada cambio de año, instituciones como la Biblioteca Nacional de España publican una lista de autores y autoras que pasan a dominio público en el año que empieza. También algunos suplementos literarios publican listas de escritores y escritoras, incluso de libros, que pasan a ser de dominio público, aunque en estos casos no siempre se hace distinción entre quienes escribían en castellano u otras lenguas del estado y quienes escribían en, por ejemplo, inglés, francés o alemán. Así que el cambio de año con sus listas de dominio público puede suponer una carga de trabajo en la vida de una traductora editorial por un par de motivos.
Empecemos por el puramente legislativo y, para ello, vamos a fijarnos primero en la lista publicada por la BNE a principios de 2025 y compuesta por 141 autores y 4 autoras, que escribían en su gran mayoría en castellano, aunque también hay una quincena de autores que escribían en catalán y otro par, en gallego y en euskera. Vamos a fijarnos en estos tres últimos casos: si bien su obra original ha pasado a dominio público en 2025, no lo han hecho las posibles traducciones al castellano, si las hubiera, o entre las lenguas del estado, de nuevo si las hubiera.
En segundo lugar, al fijarnos en las listas publicadas en algunos medios digitales encontramos obras de Virginia Woolf o de Faulkner, incluso se citan fragmentos de algunos libros, siempre en castellano. Y es aquí donde a una traductora le empieza a temblar el párpado, porque, dado que no se cita a quien ha traducido ese párrafo, ha de suponer que ha sido el/la propio/a periodista quien lo ha traducido y quien, además, suele omitir un dato importante: las obras que pasan a dominio público son las originales, no las obras derivadas, cuya autoría pertenece a quien haya hecho la correspondiente transformación, en este caso, la traducción.
Es habitual encontrar en algunas redes sociales, blogs o sitios web enlaces que difunden de forma gratuita obras traducidas de, por ejemplo, Dostoyevski o Jane Austen y, para justificar esa difusión «altruista», se suma al habitual discurso de la «cultura libre» el hecho de que son obras cuyo autor murió hace más de 80 años.
Es entendible que un usuario de a pie no conozca el concepto de obra derivada, pero quizá si las revistas y periódicos que publican las listas citadas anteriormente diferenciaran entre obra original y obra derivada las traductoras no nos sentiríamos tan indefensas y perdidas en estas campañas de concienciación.
Afortunadamente, el segundo motivo que nos puede dar carga de trabajo es bastante más agradable, puesto que el paso a dominio público de obras nos ofrece la posibilidad de nuevas traducciones. Vamos con un ejemplo sencillo: las obras de Stefan Zweig pasaron a dominio público en 2023, y de las aproximadamente 450 entradas que encontramos de este autor en el sistema de búsqueda del ISBN, cerca de 150 corresponden a publicaciones aparecidas en o después de 2023, incluso tenemos tres títulos de 2026.
Alguno de los títulos se repite en más de una ocasión, pero un dato llamativo es que encontramos casi una treintena de editoriales diferentes que aprovecharon la «liberación» de obras para incluir a Zweig en su catálogo. Esta variedad de editoriales puede conllevar variedad en las ediciones de una misma obra: con o sin ilustrar, con más o menos anotaciones o comentarios, incluso puede que las traducciones partan de originales diferentes, porque también haya variedad de ediciones de la obra original.
En cuanto al título, podemos también encontramos diferencias en la «traducción» del título de una misma obra. Lo entrecomillo porque es cierto que en ocasiones es el/la traductor/a quien propone modificarlo porque cree que los anteriores no eran del todo correctos. Pero otras veces es pura cuestión de marketing. Aunque también podría ser simple cuestión de marketing el que no se modifique un título anteriormente traducido de forma errónea o poco afortunada.
Decisiones extraliterarias aparte, la «liberación» de escritores ofrece a los traductores ―y no solo a los y las noveles que intentan hacerse un hueco en el mundo de la traducción editorial― la posibilidad de ampliar la nómina de posibles propuestas de traducción para enviar a las editoriales.
No hemos de olvidar que, especialmente en el caso de las literaturas menos conocidas y publicadas en España, un traductor casi hace la labor de scout («viajante», le gustaba decir al gran traductor de rumano Joaquín Garrigós), rellena los huecos, hace que emerjan a la superficie editorial aquellos escritores y, sobre todo, escritoras que han permanecido sumergidos bajo las aguas de las literaturas «dominantes».
Aun a riesgo de sonar rimbombante y engreída, creo de veras que los traductores de libros somos garantes de la bibliodiversidad, es decir, contribuimos a que el sector editorial sea plural, diverso y variado en cuanto a géneros y temáticas, poniendo nuestro granito de arena en la construcción del pensamiento crítico. Pero para que nuestra labor de viajantes «rellenahuecos» no desaparezca es fundamental que, con el inicio del nuevo año, las listas de escritores, de escritoras, de obras que pasan a dominio público no se elaboren sumergiendo en la oscuridad a quienes haremos posible la lectura de esos libros «liberados», y que tenemos igualmente garantizados nuestros derechos por la Ley de Propiedad Intelectual española y el Convenio de Berna.

