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Se mantiene el cierre temporal de la Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. 

La Oficina de Derechos de Autor de Estados Unidos (USCO, por sus siglas en inglés) permanece cerrada al público y con su actividad en suspenso. Es una de las entidades gubernamentales que se ha visto afectada por la paralización del gobierno federal de Estados Unidos el pasado 1 de octubre ante la falta de acuerdo en el Congreso para aprobar el proyecto de ley de financiación para el año fiscal 2026. Pese a todo, se pueden realizar solicitudes de registro y documentación en línea. 

Vencimiento de la financiación 

Desde principios de octubre, la USCO, ubicada en la Biblioteca del Congreso de Estados Unidos, no atiende de forma presencial ni realiza las operaciones habituales. En concreto, se encuentra interrumpida la actualización de la información en su web, la respuesta a las consultas del público, así como la tramitación de registros. En su página web se puede leer un aviso en el que se justifica este cierre por el vencimiento de la financiación gubernamental y se anuncia que su actividad «se reanudará cuando el gobierno reabra sus puertas». 

Abierta la vía online para solicitudes 

En la misma comunicación, ofrece la posibilidad de presentar solicitudes de registro de obras y las inscripciones de documentos vía online, si bien advierte que solo tendrá valor para «confirmar la fecha de recepción». Estas peticiones «no se procesarán» hasta que se reabran las puertas de esta oficina gubernamental, lo que significa que se producirán retrasos tanto en la tramitación como en la emisión de los registros.

Asimismo, recuerda que se puede presentar una reclamación ante la Copyright Claims Board (CCB), un tribunal administrativo que resuelve disputas por derechos de autor de menor escala y que opera bajo la USCO, a través de la plataforma eCCB , que emitirá un justificante automático de la presentación. No obstante, tampoco estará operativa mientras dure el cierre gubernamental. 

Efectos para titulares de derechos 

A pesar de la situación, los titulares de derechos de autor siguen manteniendo la obligación de actuar con diligencia para proteger y hacer valer sus derechos, según el bufete de abogados McBrayer. En su blog, recomienda «pedir las solicitudes para garantizar la fecha de entrada en vigor del registro lo antes posible» en previsión del atasco que producirá la acumulación de solicitudes pendientes. Esta acción es de gran relevancia para titulares de derechos que tengan intención de interponer una demanda por infracción de copyright, puesto que el registro en la USCO es un requisito previo para iniciar una disputa legal.

Del mismo modo, este registro es necesario para poder percibir indemnizaciones legales por infracción de derechos de autor y para que el infractor, si es condenado, asuma el pago de los honorarios del equipo legal. Por otro lado, los titulares de propiedad intelectual también tienen que tener presente que el cierre la de la Oficina de Derechos de Autor no implica que se suspendan los plazos de prescripción si se tiene previsto iniciar una demanda por infracción de derechos o de marca registrada. 

El registro de marcas está operativo 

La Oficina de Patentes y Marcas de Estados Unidos (USPTO, por sus siglas en inglés) no se ha visto afectada, de momento, por el cierre gubernamental. En una nota de la entidad en su web confirmó que seguiría operativa y en «pleno funcionamiento, hasta nuevo aviso, gracias a las reservas operativas procedentes de la recaudación de tasas del año anterior». Sin embargo, la duración del cierre del gobierno federal, que ya es el segundo más largo de la historia, sigue en el aire. Hoy está convocada una nueva sesión del Senado que podría desbloquearlo si los republicanos aceptan las demandas demócratas para prolongar los subsidios del programa sanitario Obamacare, informa la agencia EFE

Fuentes: US Copyright Office (web), MacBrayer (blog), EFE. 

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Safe Creative es el mayor registro electrónico de propiedad intelectual en línea. La inscripción de la autoría en Safe Creative proporciona al autor una prueba tecnológica irrefutable de su declaración y la consiguiente protección de sus derechos (Convenio de Berna - ONU). Resulta muy aconsejable el registro de una obra antes de darla a conocer, para tener asentada una primera prueba declarativa de su autoría. Al publicar el trabajo o mostrar versiones previas es posible hacerlo con mayor tranquilidad, sabiendo que se dispone de la mejor prueba en el tiempo frente a quien pudiera estar tentado de atribuirse éste como propio.

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